Vehículos alquilados sin conductor en el transporte de mercancías por carretera: Europa da un toque a España

La Comisión ha instado a España, Croacia, Chipre, Luxemburgo, Polonia y Eslovenia a que transpongan las normas de la UE relativas a la utilización de vehículos alquilados sin conductor en el transporte de mercancías por carretera

La Comisión Europea ha decidido enviar dictámenes motivados a estos países por no comunicarle ninguna medida nacional para transponer las normas de la UE relativas a la utilización de vehículos alquilados sin conductor en el transporte de mercancías por carretera [Directiva (UE) 2022/738].

Esta Directiva tiene por objeto ayudar a las empresas a beneficiarse de las ventajas de utilizar vehículos alquilados, por ejemplo, permitiendo el uso de vehículos alquilados en otro Estado miembro. En particular, con dicha posibilidad las empresas pueden hacer frente más fácilmente a picos de demanda a corto plazo, estacionales o temporales o sustituir vehículos defectuosos o deteriorados, garantizando al mismo tiempo el cumplimiento de los requisitos de seguridad necesarios y unas condiciones de trabajo adecuadas para los conductores.

Los Estados miembros debían adoptar las medidas necesarias para cumplir la legislación de la Unión a más tardar el 6 de agosto de 2023. Por tanto, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a estos Estados miembros, que disponen ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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