Adiós a la antigüedad máxima: »Supondrá la ‘uberización’ del sector»

El Tribunal Supremo da la razón a la Comisión Nacional de la Competencia y elimina el requisito de antigüedad máxima de 5 meses exigida a los vehículos que accedan por primera vez al sector del transporte de mercancías por carretera.

En su sentencia, el Tribunal Supremo no ha tenido en cuenta los argumentos de defensa del medio ambiente, de la mejora de la seguridad vial y de la ordenación del sector que plantearon las organizaciones miembros del Comité Nacional del Transporte por Carretera. Han pesado más los argumentos defendidos por la CNMC al considerar que el requisito de antigüedad “supone una injustificada barrera de acceso a la actividad en el sector del transporte que, además, introduce una evidente distorsión en el mercado y afecta a la competencia efectiva, al exigir a quienes intenten convertirse en nuevos operadores los sobrecostes correspondientes a la adquisición de un vehículo de una antigüedad no superior a cinco meses,…y todo ello sin que se haya demostrado la existencia de una razón imperiosa de interés general que haga necesario introducir en la normativa reguladora la referida medida limitativa
 
Efectos muy negativos para el sector
Para Fenadismer la sentencia, frente a la que no cabe recurso alguno, “tendrá efectos muy negativos en la actual ordenación del sector, teniendo como resultado inmediato un incremento importante de la edad media actual de la flota española de transporte por carretera, que en la actualidad ya arrojaba datos muy preocupantes como consecuencia de la crisis económica que padeció nuestro país desde 2008”. En Julio de 2020, la media de edad prácticamente duplicaba la existente en 2007, en concreto 13´8 años para los vehículos rígidos, 7’6 años para cabezas tractoras y 8´7 años en el caso de los vehículos ligeros.
 
Asimismo FENADISMER considera que la sentencia incidirá en la desregulación y precarización del sector del transporte por carretera, especialmente en el segmento del transporte ligero. “La eliminación el único requisito que se mantenía provocará la entrada masiva y desordenada de nueva mano de obra sometida a grandes multinacionales y plataformas tecnológicas, lo que supondrá en la práctica la “uberización” del transporte de mercancías en España”, vaticinan.
 
Por último desde la Federación recuerdan porque resultaba imprescindible mantener este requisito: “incide de forma positiva tanto en la reducción y mejora de los índices de siniestralidad vial que soporta nuestro sector, así como por la contribución a la mejora medioambiental de nuestro entorno en materia de reducción de emisiones, principios ambos que persiguen las políticas europeas en la materia, aspectos ambos que con la sentencia dictada por el Tribunal Supremos se verán perjudicadas con toda probabilidad”.
 

  • "La sentencia, frente a la que no cabe recurso alguno, “tendrá efectos muy negativos en la actual ordenación del sector, teniendo como resultado inmediato un incremento importante de la edad media actual de la flota española de transporte por carretera"
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