Cinco nuevas normas de tráfico que los conductores profesionales deben conocer desde el 1 de octubre

El Real Decreto 518/2026 modifica el Reglamento General de Circulación con nuevas medidas que afectan al conjunto de los conductores y presta especial atención a la protección de peatones, ciclistas, motoristas y otros usuarios vulnerables. Entre todos los cambios, hay cinco que los conductores de vehículos industriales deberían tener especialmente presentes.

El próximo 1 de octubre entra en vigor, con carácter general, el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que introduce una importante modificación del Reglamento General de Circulación. La reforma afecta al conjunto de los usuarios de las vías y tiene dos grandes ejes: aumentar la seguridad vial, especialmente la de los usuarios más vulnerables, y establecer un nuevo marco para la circulación en las zonas urbanas. Por primera vez, además, el Reglamento incorpora una definición específica de usuario vulnerable.

Peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal son algunos de los colectivos sobre los que se concentra buena parte de las novedades. Sin embargo, las modificaciones también introducen obligaciones que afectan directamente a quienes pasan buena parte de su jornada al volante. Entre todos los cambios, hay cinco que los conductores de camiones, furgones y vehículos comerciales deberían tener especialmente en cuenta.

1. Cinturón también durante el reparto

Uno de los cambios afecta directamente a los profesionales de la distribución urbana. La reforma revisa las excepciones a la utilización del cinturón de seguridad y elimina la que beneficiaba a los distribuidores de mercancías cuando realizaban sucesivas operaciones de carga y descarga en lugares próximos.

Por tanto, los conductores de reparto deberán utilizar el cinturón también en este tipo de desplazamientos urbanos. La nueva redacción mantiene únicamente determinadas excepciones específicas, como las correspondientes a ciertos servicios de urgencia.

2. Más distancia y menos velocidad al pasar junto a un vehículo inmovilizado

Especial atención merece la nueva regulación de los vehículos detenidos por avería o accidente o como consecuencia de operaciones de auxilio, mantenimiento de la carretera o regulación del tráfico. Cuando uno de estos vehículos ocupe total o parcialmente el carril, quien lo rebase deberá dejar una separación de al menos 1,5 metros y reducir su velocidad como mínimo 20 km/h respecto al límite existente en la vía. La norma permite incluso ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario cuando resulte necesario para mantener esa distancia, siempre que la maniobra pueda realizarse en las condiciones previstas por el Reglamento.

Es una medida especialmente relevante para el transporte profesional por la frecuente presencia en carretera de grúas, vehículos averiados, servicios de conservación y otros vehículos de asistencia.

3. Cambia la forma de adelantar a ciclistas

Los adelantamientos a ciclistas y otros usuarios vulnerables también cambian. Se mantiene una separación lateral mínima de 1,5 metros, pero cuando la calzada tenga más de un carril por sentido será obligatorio realizar un cambio completo de carril. Además, fuera de poblado, antes de comenzar el adelantamiento y durante toda la maniobra, el vehículo deberá circular al menos 20 km/h por debajo del límite de velocidad establecido para ese tramo.

La nueva regulación resulta especialmente significativa para los vehículos industriales por sus mayores dimensiones y por el espacio necesario para efectuar este tipo de adelantamientos.

4. Un nuevo carril de emergencia en las retenciones

Otra de las novedades que habrá que incorporar a la conducción diaria es el denominado carril de emergencia. En autopistas y autovías, cuando una retención provoque que los vehículos circulen a paso de peatón o permanezcan detenidos, deberán desplazarse lateralmente para dejar espacio a los vehículos prioritarios. En carreteras con dos carriles por sentido, el espacio se formará entre ambos. Cuando existan tres o más, los vehículos del carril izquierdo deberán desplazarse hacia la izquierda y los del resto de carriles hacia la derecha, dejando libre el espacio entre los dos carriles situados más a la izquierda.

5. Con nieve, cambia la utilización de los carriles

El Real Decreto establece también una nueva forma de circular por autopistas y autovías cuando la nieve dificulte la circulación. En estas circunstancias estará prohibido adelantar y será obligatorio circular por el carril situado más a la derecha. En vías con tres o más carriles por sentido también podrá utilizarse el inmediatamente contiguo. El resto de carriles situados a la izquierda deberán quedar libres para facilitar el paso de los vehículos de emergencia y de las máquinas quitanieves.

También habrá cambios para la distribución urbana

Más allá de estas cinco novedades, el Real Decreto incorpora por primera vez un título específico dedicado a las normas de circulación en zonas urbanas.

Los ayuntamientos podrán desarrollar estas disposiciones mediante sus ordenanzas y establecer, entre otras cuestiones, zonas de prioridad residencial con restricciones de acceso, circulación o estacionamiento, así como regular el régimen de carga y descarga y los requisitos para la distribución urbana de mercancías, tanto diurna como nocturna.

La mayor parte de las modificaciones introducidas por el Real Decreto 518/2026 entrará en vigor el 1 de octubre de 2026. Algunas medidas concretas tienen plazos diferentes, como determinadas obligaciones relativas a los usuarios de motocicletas y vehículos de movilidad personal.

 

Transporte 3 Brands

También te puede interesar