FROET reitera su firme compromiso con «el diálogo y la búsqueda de un acuerdo que garantice la estabilidad y competitividad del sector del transporte de mercancías en la Región de Murcia, al mismo tiempo que ofrezca mejoras sustanciales para los trabajadores».
Dado el tiempo transcurrido desde el inicio del intercambio de propuestas (al menos desde 2021), «la necesidad de las empresas de contar con un marco económico previsible para 2025 y siguientes, y la imposibilidad de atender el 100% de las peticiones de la representación sindical», la organización murciana ha comunicado que la actual propuesta perderá su vigencia el 30 de junio de 2025.
Desde Froet, han detallado el contenido de la propuesta que no convence a los sindicatos
Incremento de salario:
Incorporación del plus de transporte al salario base, lo que por sí mismo supone un incremento en las pagas extraordinarias y en todos los conceptos que tengan el salario base como referencia.
Incremento salarial del 11% para el año 2025 con atrasos desde 1 de enero de 2025, y del 4% en los tres próximos años. Estos incrementos se aplicarían tanto al Salario Base como al Plus de Asistencia.
Se recupera la redacción anterior sobre la dieta correspondiente a la “cama” de 5€ en nacional y 8€ en internacional.
Plus de kilometraje:
Incrementos del 40% sobre 2018 para el año 2025, y 15% anualmente para 2026-2028.
Se revisa el Art.43 con unificación del importe del kilometraje desde el kilómetro 0.
Como ejemplo, en un vehículo de hasta 26 T pasaría de 0,0188 € a 0,0400 € en 2028. O en el caso de un vehículo de más de 26 T pasaría de 0.0209 € a 0.0445 € en 2028.
Horas extraordinarias:
Incremento del valor de la hora extraordinaria al 20% de la hora ordinaria.
Vacaciones y descansos:
1 día más de vacaciones más 1 día anual de libre disposición retribuido.
Un día de descanso extraordinario para conductores que permanecen más de 15 días continuados fuera de casa.
Los festivos trabajados se compensarán con un día de descanso equivalente.
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Compensaciones y pluses adicionales:
Incremento de las indemnizaciones por accidente laboral: 30.000€ por muerte o invalidez permanente, y 50.000€ en caso de gran invalidez.
Nuevo Plus de Navidad y Nochevieja para conductores desplazados, desde 200€ en 2025 hasta 260€ en 2028.
Nuevo Plus de Conducción en equipo: 5€/día, con un máximo de 25€ por 7 días y de 50€ por 15 días.
Nocturnidad del Art.44 incremento de un 15% en 2025/2026 y un 20% en 2027/2028.
Nueva redacción Artículo 31 (Incapacidad Temporal):
Detalles sobre el complemento de la base reguladora para incapacidad temporal, alcanzando hasta el 100% después de 90 días para contingencias comunes y 180 días para contingencias profesionales/accidentes.