Restricciones a la circulación de camiones 2025 DGT | Mercancías en general

Se prohíbe la circulación por las vías cuya vigilancia ejerce el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico a los vehículos o conjuntos de vehículos de más de 7.500 kilos de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima de conjunto (MMC) en los tramos y durante los días y horas que se indican en las tablas adjuntas.

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[Todas las restricciones en carreteras de España en 2025]
[Restricciones en las carreteras de la DGT en 2025]

Exenciones

Quedan exentos de esta prohibición, los siguientes vehículos y conjunto de vehículos de cualquier masa máxima autorizada:

– Transporte de ganado vivo.

– Transporte de mercancías perecederas, entendiendo como tales las recogidas en el anejo 3 del Acuerdo Internacional sobre el transporte de mercancías perecederas (ATP) así como las frutas y verduras frescas, en vehículos que satisfagan las definiciones y normas expresadas en el anejo 1 del ATP. En todo caso, la mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga útil del vehículo.

– Vehículos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima, destinados al transporte de envíos postales dentro del ámbito de la prestación del servicio postal universal, de lunes a viernes, ambos incluidos.

– En periodo de campaña de vialidad invernal, aquellos que transporten fundentes para asegurar el correcto mantenimiento de la vialidad de las carreteras.

– Vehículos de auxilio en vías públicas.

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