Desde Fenadismer explican que, a diferencia de lo que sucedió con el ‘Céntimo Sanitario’, la mayoría de los transportistas no estarían legitimados a reclamar la devolución del tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos. “No se puede justificar perjuicio alguno al haber estado acogidos al gasóleo profesional durante esos años. El importe que se les devolvió vía gasóleo profesional es el mismo importe que ahora ha declarado ilegal el Tribunal de Justicia”, aclaran.
Además, desde la Federación consideran que en el caso de los transportistas no acogidos a gasóleo profesional (vehículos de menos de 7,5 tn.), es complicado que prospere una reclamación. «No podrían reclamar por vía de devolución de ingresos indebidos al haber prescrito la acción (han pasado más de seis años desde que estuvo vigente). y en el caso de la reclamación por responsabilidad patrimonial los requisitos exigidos para su interposición son muy restrictivos”.
Por ello, Fenadismer reitera su advertencia a todos los transportistas para que sean cautelosos hasta que el Tribunal Supremo.dicte la sentencia confirmatoria del pronunciamiento del Tribunal europeo. Les recomienda que “no se dejen engañar ante posibles ofertas tentadoras que puedan encontrar en el mercado no especializadas en este tipo de reclamaciones”. “Además existe el riesgo no obtener nada y ser condenados en costas”, concluyen.
Les recienda que “no se dejen engañar ante posibles ofertas tentadoras que puedan encontrar en el mercado no especializadas en este tipo de reclamaciones”. “Además existe el riesgo no obtener nada y ser condenados en costas”, concluyen.