Fuerte reducción en los plazos de pago a los transportistas

Desde que el pasado mes de octubre se aprobó por Ley el nuevo régimen sancionador de lucha contra la morosidad en el sector del transporte por carretera, sancionando los incumplimientos en materia de plazos de pago en el sector del transporte de mercancías por carretera con multas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 euros para aquellas situaciones reincidentes más abusivas, a lo largo de estos meses se ha ido notando una evolución positiva de los plazos máximos de pago a los transportistas por parte de sus clientes.

Los plazos medios de pago en el mes de agosto han experimentado una fuerte reducción, bajando hasta los 64 días de media, frente a los 75 días del mes anterior, y por tanto muy cerca del plazo legal máximo de pago, como ha constatado el último Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, que FENADISMER continúa elaborando mensualmente en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte.

[Ya está vigor la ley que castiga la morosidad en el transporte de mercancías]
 
Ello se traduce en una importante reducción asimismo en el número de empresas cargadoras e intermediarios que incumplen la legislación sobre morosidad, pasando a ser del 48% el porcentaje de empresas cargadores e intermediarios incumplidores, de los que un 36% lo hicieron a más de 90 días e incluso un 17 % a más de 120 días, esto es, a 6 meses. En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia (71%), seguido del confirming (23%), el pagaré (5%) y el cheque (<1%).
 
“Pese a esta mejora, que se espera que no sea coyuntural, se hace necesario continuar la actuación activa por parte de los servicios de inspección para conseguir el pleno cumplimiento y aplicación de la legislación sobre morosidad en el sector del transporte por carretera, ya que si bien se ha podido constatar desde su aprobación una importante reducción aún subsiste un grado significativo de incumplimiento”, exponen de la Federación.
 
 

  • “Se hace necesario continuar la actuación activa por parte de los servicios de inspección para conseguir el pleno cumplimiento y aplicación de la legislación sobre morosidad”
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