La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), impulsora de la Ley 15/2010 de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales, se congratula que en la tramitación del proyecto de ley de medidas de apoyo al emprendedor, procedente del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el Senado haya aprobado la modificación del apartado 5, artículo 228 del “Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de Contratos del Sector Público”. Esta importante modificación legislativa evitará que a partir de ahora las empresas contratistas adjudicatarias de obra pública continúen sorteando los plazos máximos de pago para liquidar facturas y que en la actualidad son de dos meses.
La PMcM está muy satisfecha con esta aprobación del legislador puesto que la modificación del artículo 228 del TRLCSP para limitar los plazos máximos de pago de las grandes empresas constructoras de obra pública era una propuesta de la Plataforma largamente reivindicada.
Gracias a esta modificación legislativa se acaba definitivamente con la contradicción legal que se encontraba en el apartado 5 del Artículo 228 del TRLCSP. Dicho apartado 5 facultaba al contratista de obra pública para que, en un abuso del derecho, pudiera pactar con los subcontratistas plazos de pago muy superiores a los sesenta días y sin que existiera limitación alguna del plazo máximo de pago contractual.
Esta práctica de pago a subcontratistas permitía a las empresas constructoras de obra pública pagar a sus subcontratadas en plazos de pago muy dilatados, lo que provocaba grandes desequilibrios en los balances de ésas últimas. En la práctica, la modificación del artículo 228 del TRLCSP supone que las empresas adjudicatarias de obra pública deberán pagar sus proveedores en un plazo máximo de 60 días, como marca la ley de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
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- Gracias a esta modificación legislativa se acaba definitivamente con la contradicción legal que se encontraba en el apartado 5 del Artículo 228 del TRLCSP. Dicho apartado 5 facultaba al contratista de obra pública para que, en un abuso del derecho, pudiera pactar con los subcontratistas plazos de pago muy superiores a los sesenta días y sin que existiera limitación alguna del plazo máximo de pago contractual.