Con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía madrileña, el Ayuntamiento de Madrid aprobó en septiembre de 2017 el Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático. En desarrollo de dicho Plan, se procedió a la aprobación el pasado mes de Octubre de la nueva Ordenanza de Movilidad de Madrid, que establece una serie de prohibiciones y restricciones circulatorias a los vehículos por motivos medioambientales, estableciendo diferentes plazos de entrada en vigor de las limitaciones en función de su categoría ambiental.
Además la Ordenanza establece la obligación para todos los vehículos que circulen por la ciudad de Madrid de llevar en lugar visible el correspondiente distintivo ambiental emitido por la Dirección General de Tráfico a partir del próximo 23 de abril.
Distintivos B, C, ECO y CERO
Como se recordará dichos distintivos identificativos se otorgan en función de la antigüedad del vehículo y el tipo de combustible utilizado, estableciendo 4 categorías diferentes (B, C, ECO y CERO), sin que hasta la fecha se haya regulado un distintivo para los vehículos de mayor antigüedad (categoría A), esto es, aquellos turismos anteriores al año 2000 en caso de motores de gasolina y anteriores a 2006 en el caso de motores diésel, y en el caso de camiones y autobuses anteriores a 2005.
Según las estimaciones de Fenadismer, teniendo en cuenta que la edad media de la flota de vehículos que circulan por la ciudad de Madrid es de aproximadamente 10 años, según datos del Ayuntamiento de Madrid el porcentaje en función de su categoría ambiental es la siguiente:

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- Tienen distintivo B los Turismos anteriores al año 2000 (gasolina) y 2006 (diésel) / Camiones y Autobuses anteriores al año 2005.