El Ministerio de Trabajo italiano ha comunicado oficialmente que el Decreto legislativo nº 136 de 17 de Julio de 2016 se aplicará a partir del próximo 26 de Enero y afectará a los conductores profesionales pertenecientes a empresas transportistas no residenciadas en el país transalpino.
La nueva regulación solo se va a exigir para la realización de transportes de cabotaje en territorio italiano, no en el caso de transportes internacionales.
Cabe recordar asimismo que, al igual que en Francia, la regulación italiana exige que la empresa transportista que se vaya a desplazar a Italia designe un representante legal, para lo cual Fenadismer ofrecerá dicho servicio a sus transportistas asociados a través de su servicio internacional FENAGEST.
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- Fenadismer presentó una denuncia formal por la actuación tan caótica que estaba llevando a cabo el Gobierno italiano en este asunto.