La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) ha confirmado la obligatoriedad de aplicar la cláusula de revisión del precio del transporte en función del coste del gasóleo también en los contratos internacionales regulados por el Convenio CMR. Esta interpretación se apoya en una reciente doctrina del Tribunal Supremo de junio de 2025.
La revisión del gasóleo también se aplica al transporte internacional
Ante las dudas surgidas en el sector tras la aprobación del Real Decreto-ley 9/2026, FENADISMER ha aclarado que la normativa española obliga a revisar el precio del transporte cuando varía el coste del combustible, incluso en servicios internacionales con origen o destino en España. Aunque esta obligación tiene su origen en la Ley 15/2009 de contrato de transporte terrestre de mercancías, la federación sostiene que su aplicación es compatible con el Convenio CMR, que regula el transporte internacional por carretera.
El Tribunal Supremo respalda la aplicación de la normativa nacional
La posición de FENADISMER se basa en una reciente sentencia del Tribunal Supremo que reconoce la existencia de “vacíos regulatorios” en el Convenio CMR, redactado en 1956. El Alto Tribunal considera que, en aquellos aspectos no regulados por el convenio internacional, como la revisión de precios por el coste energético, es legítimo aplicar la normativa nacional para garantizar el equilibrio contractual.
FENADISMER insta a los transportistas españoles que operan rutas internacionales a exigir la aplicación de la cláusula de revisión del combustible en sus facturas
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Claves jurídicas: integración normativa y protección del transportista
FENADISMER destaca tres fundamentos jurídicos principales:
Integración normativa: El Convenio CMR forma parte del ordenamiento español, pero puede complementarse con leyes nacionales como la Ley 15/2009.
Precedente de la acción directa: El Tribunal Supremo ya avaló su aplicación en transporte internacional, abriendo la puerta a otras figuras como la revisión del gasóleo.
Remisión a la legislación nacional: El propio CMR contempla la aplicación de normas internas en determinados supuestos no regulados.