La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) ha mostrado su preocupación por la “insostenible y continuada subida del precio de los carburantes” y ha recordado a los transportistas la obligación de aplicar la cláusula de indexación del precio del gasóleo para repercutir este incremento en sus facturas.
El coeficiente G alcanza el 40,7 % para los vehículos pesados
Según los últimos datos oficiales publicados en la web del Ministerio de. Transportes, la variación del precio del gasóleo desde principios de enero hasta el pasado 31 de agosto se sitúa en un 40,7 % (coeficiente. G) para los vehículos pesados y en un 34,7 % para los vehículos de menor tonelaje.
Esta evolución del coste del combustible obliga a los transportistas a aplicar de forma inmediata la cláusula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del gasóleo, popularmente conocida como indexación del combustible, en las facturas que emitan a sus clientes.
FENADISMER recuerda que la revisión del precio es obligatoria
FENADISMER insiste en que esta medida no es una opción comercial, sino un mecanismo legal de obligado cumplimiento, cuyo incumplimiento puede ser sancionado y que tiene como objetivo proteger el equilibrio económico de las operaciones de transporte. “Con un coeficiente G del 40,7 %, no repercutir este impacto en el precio final del servicio aboca directamente a las empresas y a los transportistas autónomos a trabajar a pérdidas, poniendo en serio riesgo la supervivencia del tejido empresarial del transporte en España”, destaca la Federación.
Asimismo, FENADISMER recuerda a todos sus asociados y profesionales del sector que la fórmula de cálculo es automática y que su aplicación debe desglosarse de manera clara en la factura.