Se repartirán 3.858.000 euros entre todos los solicitantes que resulten beneficiarios y pueden optar a recibir estas ayudas asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera definidas en el artículo 1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, con implantación, al menos, en tres Comunidades Autónomas y, en los mismos términos, asociaciones profesionales de trabajadores. También podrán optar a ellas entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del transporte terrestre.
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Las solicitudes se podrán realizar hasta el próximo 8 de abril a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a la que debe acompañarse el archivo Excel descargable en dicha sede, totalmente cumplimentado.