Desde el 1º de Octubre ha surtido efecto la mayoría de las nuevas normas de la UE sobre distribución de vehículos de motor que entraron en vigor el 1 de octubre de 2002. El 1 de octubre de 2003 termina el período transitorio previsto para los contratos que vencen después del 1 de octubre de 2002. Tras un período transitorio adicional que finaliza el 1 de octubre de 2005, quedarán derogadas las llamadas cláusulas de establecimiento, con lo que finalmente surtirán efectos plenos las nuevas normas. Las normas que surtirán efecto a partir del 1 de octubre de 2003 abren la puerta a nuevas técnicas de distribución, como la venta por Internet y el multimarquismo, que avivarán la competencia entre los distintos canales de distribución al por menor. Las nuevas normas también echan a tierra las últimas barreras a las compras transfronterizas y permiten a los concesionarios poner anuncios o enviar publicidad en todo el mercado único. Los propietarios de automóviles podrán elegir entre un mayor número de proveedores de servicios posventa, que podrán ser concesionarios o talleres completamente independientes. No se podrá impedir que un taller de reparación trabaje con vehículos de varias marcas y los talleres de reparación ya no se verán obligados a ser, además, concesionarios.
La víspera de la expiración del período transitorio aplicable a las nuevas normas sobre distribución de vehículos de motor, el Comisario de Competencia, Mario Monti, declaró: ?Una mayor competencia en la distribución de automóviles equivale a unos precios más bajos. Con la desaparición de los últimos obstáculos a las compras transfronterizas de automóviles, los consumidores explotarán todo el potencial del mercado único para la compra de automóviles. Además, a partir de mañana se abrirán nuevas oportunidades de ofrecer exclusivamente servicios de posventa y espero que los nuevos operadores ejerzan una presión a la baja sobre los altos precios de los servicios posventa?. Las nuevas normas cubren la venta y los servicios posventa de todos los tipos de vehículos de motor (vehículos de pasajeros, vehículos industriales ligeros, camiones y autobuses). Estas normas permiten a los fabricantes de automóviles elegir entre la distribución exclusiva (a cada concesionario se le asigna un territorio de venta) o la distribución selectiva (los concesionarios son seleccionados con arreglo a diversos criterios objetivos, pero no se les asigna un territorio de venta). Casi todos los fabricantes han optado por la distribución selectiva en todo el mercado único. El estudio, así como otros materiales relativos al proceso de evaluación, pueden consultarse en el sitio de web de la Comisión.