El pasado 30 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, en cuyo artículo 110 se regula la tasa por el uso de las carreteras de titularidad autonómica, en concreto, de la carretera C-25, desde el enlace con la A-2 en el término municipal de Cervera (Segarra) hasta el enlace con la A-2 en el término municipal de Caldes de Malavella (Selva), por parte de los vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera de 12 toneladas o más.
El gobierno catalán ha decidido aplicar el tramo más bajo del impuesto, que, según la normativa de tarificación del uso de las infraestructuras de la Comisión Europea, oscila entre 11 y 18 céntimos de euro por kilómetro. Según la tipología de vehículo y grado de emisiones, la cuota a pagar por el recorrido completo de la C-25 oscilará entre un mínimo de 15 euros para un camión clase I y Euro VI y un máximo de 20 euros para un clase III y Euro 0-II.
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- La cuota a pagar por el recorrido completo de la C-25 oscilará entre un mínimo de 15 euros para un camión clase I y Euro VI y un máximo de 20 euros para un clase III y Euro 0-II.