El sector del transporte ya cuenta con la regulación definitiva que permitirá cobrar el primer paquete de ayudas directas al carburante aprobadas por el Gobierno tras la crisis provocada por la guerra de Irán. El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado sábado 4 de julio la Orden del Ministerio de Hacienda que desbloquea estos pagos, después de recibir el visto bueno previo de la Comisión Europea.
La medida era especialmente esperada por autónomos y pymes transportistas, que llevan más de tres meses soportando el retraso en el cobro de estas ayudas en un contexto marcado por el fuerte encarecimiento del gasóleo.
FENADISMER exige rapidez a la Agencia Tributaria
FENADISMER ha valorado positivamente la publicación de la Orden, al considerar que se cierra el trámite legal necesario para iniciar el abono de las ayudas. Sin embargo, la Federación reclama ahora a Hacienda y a la Agencia Tributaria que actúen con la máxima rapidez para que los fondos lleguen de inmediato a las cuentas bancarias de los transportistas afectados.
Según la organización, el sector ha tenido que hacer frente durante estos meses a unos precios del carburante disparados como consecuencia de la crisis en Oriente Medio y del bloqueo del transporte marítimo en el Estrecho de Ormuz.
Quién tendrá que presentar una declaración responsable
La Orden de Hacienda establece también obligaciones específicas para determinados beneficiarios, con el objetivo de garantizar que el pago de las ayudas cumple con la normativa europea.
Las empresas que tengan pendiente la devolución de otras ayudas europeas declaradas ilegales, así como aquellas que ya estuvieran en crisis económica o en situación concursal antes de la actual crisis, deberán presentar una declaración responsable por internet. El plazo para presentar esta declaración finalizará el próximo 30 de julio.
Más controles para las empresas de mayor tamaño
Las empresas de mayor tamaño también estarán sometidas a requisitos adicionales. En su caso, deberán presentar una declaración responsable a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria antes del 31 de diciembre. En este formulario tendrán que confirmar su situación económica y declarar que el importe recibido no supera el 70% del sobrecoste real soportado por el encarecimiento del carburante.
Facturas guardadas durante diez años
FENADISMER recuerda que los beneficiarios que quieran acogerse a las ayudas por encima de los límites establecidos deberán conservar las facturas y registros correspondientes durante un periodo de diez años. Esta documentación será clave para posibles controles posteriores y para acreditar que las ayudas recibidas se ajustan a las condiciones fijadas por la Unión Europea.