A partir del 1 de julio, las empresas transportistas extranjeras que operan en este país deberán acreditar que sus conductores perciben al menos el salario mínimo interprofesional francés, establecido en 1.457,52 euros mensuales.
"Los requisitos esenciales para el cumplimiento de la nueva normativa francesa no están claros ni disponibles a sólo dos semanas para que la ley entre en vigor, por lo que las empresas de transporte de mercancías por carretera internacional a día de hoy carecen de una información práctica para cumplirla”, aseguran los responsables de Fegatramer.