En el caso de las diferentes activades del transporte por carretera, se mantienen idénticos los límites que se han venido aplicando en los años anteriores, tanto en lo que se refiere a personal empleado y capacidad de los vehículos como al límite máximo de vehículos de transporte que pueden incluirse en dicho régimen, que continúa establecido en 4 vehículos para transporte de mercancías, 5 vehículos para el transporte de mensajería, 3 vehículos en el caso del transporte en autotaxi y 5 vehículos en el caso de transporte de viajeros en autobús.
[BOE]
Se reduce la reducción general en el rendimiento neto
Sin embargo, a diferencia del pasado año en que se elevó la reducción general en el rendimiento neto excepcionalmente al 15% para ayudar a los autónomos a amortiguar el impacto de la actual situación económica, para este año 2024 queda establecida en tan sólo el 5% sobre el rendimiento neto de los módulos.
El límite de facturación, en el aire
En relación con lo anterior, el Gobierno sigue sin concretar si prorrogará por séptimo año consecutivo el actual límite de facturación para poder continuar acogido al régimen de módulos el próximo año, lo que previsiblemente sucederá el próximo martes incluyéndolo en el Decreto ley de prórroga de medidas anticrisis que se aprobará ese día en Consejo de Ministros.
El último año
“En todo caso, 2024 será el último año en el que previsiblemente perviva el régimen de módulos, del que durante estos años se han favorecido más de 30.000 transportistas autónomos, y que será sustituido por un nuevo régimen de tributación simplificada conforme a lo establecido en las Directivas europeas sobre fiscalidad”, aseguran desde Fenadismer.