Restricciones País Vasco 2024 | Vehículos que precisan autorización complementaria de circulación y vehículos especiales que no precisan autorización complementaria

En relación con los vehículos que precisan autorización complementaria de circulación y vehículos especiales que no precisan autorización complementaria, se prohíbe la circulación por las vías públicas a los vehículos que, por sus características técnicas o por la carga que transportan, requieran para circular una autorización complementaria de circulación por exceder las masas o dimensiones máximas legalmente establecidas durante los siguientes días y horas:


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– los domingos y días festivos en toda la CAPV desde las 8:00 horas hasta las 24:00 horas, y,

– las vísperas de los días festivos en toda la CAPV, que no sean sábados, desde las 16:00 horas hasta las 24:00 horas.

Asimismo, los citados vehículos estarán sujetos a las restricciones a la circulación que se aplican a los vehículos de mercancía general recogidas en las tablas adjuntas, salvo que resulten ser fechas coincidentes con domingos, festivos y vísperas de festivos que no sean sábados.

A los vehículos especiales de obras, servicios o maquinaria agrícola, sin autorización complementaria de circulación, se les aplican mismas restricciones que a los vehículos de mercancía general.

Exenciones

Se aplican las mismas exenciones que para las mercancías en general.

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