El pasado 2 de febrero, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de. Baleares dictó una sentencia que aclara cómo debe considerarse el tiempo en el que un conductor permanece en un ferry junto a su vehículo. Esta resolución sigue la doctrina establecida por el Tribunal.Supremo en enero de 2024, basada en el Reglamento (CE) 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso. Dicho reglamento permite que el conductor realice su descanso diario normal durante el trayecto en transbordador, siempre que disponga de una cabina, cama o litera. conductores
Tiempo en ferry: ¿descanso o tiempo de trabajo?
A pesar de lo anterior, el Alto Tribunal señaló que la normativa nacional puede mejorar las condiciones laborales. En este sentido, el Real Decreto 1561/1995 y el II Acuerdo General del Transporte por. Carretera permiten interpretar que este período debe considerarse como tiempo de presencia. Esto implica que el tiempo pasado en el ferry podría computarse como parte de la jornada laboral. Y, por tanto, ser retribuido, lo que supondría un cambio relevante en la gestión de los tiempos de trabajo en el transporte.
El Tribunal Supremo deberá unificar el criterio jurisprudencial sobre si debe ser retribuido el tiempo que pasan los conductores asalariados mientras permanecen en el ferry en la ruta entre la península y las islas
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Ahora, tras la nueva sentencia dictada por el TSJ de Baleares, el Tribunal Supremo se verá obligado a unificar su doctrina sobre esta cuestión. «En caso de confirmar el criterio establecido en 2024, las consecuencias podrían resultar demoledoras para el sector del transporte por carretera, debido al enorme impacto económico y organizativo en las empresas que operan en esta ruta, así como al consiguiente encarecimiento de los productos transportados entre la península y las islas», explican desde Fenadismer.
Por ello, desde la organización presidida por Carlos Folchi se instará al Ministerio de. Trabajo a promover modificaciones legales en materia de ordenación del tiempo de trabajo en el sector del transporte por carretera. El objetivo es amortiguar el impacto de este nuevo criterio jurisprudencial y permitir que las empresas afectadas puedan continuar prestando una actividad esencial para garantizar el suministro de bienes a los territorios insulares.