Carabante ha señalado que el Tribunal Superior de Justicia anula las ZBE “por un defecto formal al no considerar acreditado o justificado adecuadamente el impacto económico que tenía la implantación de las zonas de bajas emisiones” y ha explicado que no se anulan las multas que ya han sido impuestas. “Hay experiencia ya y hay jurisprudencia. La ordenanza de Madrid Central que se anuló también determinaba la suspensión de esta zona de bajas emisiones, y. lo que se determinó es que las sanciones estaban bien impuestas porque hasta la sentencia esas sanciones y. esos accesos indebidos han sido accesos precisamente indebidos”, ha argumentado.
Por ello, sigue estando prohibido el acceso para ciertos tipos de vehículos a estas zonas y seguirá multando porque continúa vigente la normativa.