Transportes flexibiliza la regulación de los tiempos de conducción y descanso

Consciente de la situación que han venido atravesando las dos últimas semanas los transportistas españoles que han aumentado considerablemente su actividad a requerimiento de sus clientes para evitar un posible desabastecimiento por la convocatoria del Paro Nacional previsto para esta semana de Navidad, y que finalmente no se ha llevado a cabo, el Ministerio de Transportes ha dictado este lunes 20 de Diciembre una Resolución por la que flexibiliza la regulación de los tiempos de conducción y descanso, la cual se publicará próximamente en el BOE, según ha adelantado Fenadismer.

Dicha medida excepcional, que se aplicará a todos los transportes nacionales de mercancías efectuados entre el 10 y el 20 de diciembre pasados, flexibiliza los siguientes aspectos:
 
Conducción diaria: permitir extender la duración del período de conducción diaria máxima de 9 horas a 11 horas.
 
Conducción Semanal: ampliar el máximo de conducción semanal de 56 horas a 60 horas
 
Conducción Bisemanal: ampliar el máximo de conducción bisemanal de 90 horas a 102 horas.
 
Descanso Semanal: reducir el descanso diario semanal a 9 horas diarias y permitir dos descansos semanales seguidos de 24 horas siempre que se tome la compensación de los mismos junto con el siguiente descanso semanal normal.
 
Es la tercera vez que en menos de dos años que el Ministerio de Transportes se acoge a esta medida excepcional de exenciones al cumplimiento del tacógrafo, tras las anteriores por el estado de alarma y la entrada en vigor del Brexit.
 
 
 
 
 
 
 

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  • Es la tercera vez que en menos de dos años que el Ministerio de Transportes se acoge a esta medida excepcional de exenciones al cumplimiento del tacógrafo, tras las anteriores por el estado de alarma y la entrada en vigor del Brexit.
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