Nueva regulación del tacógrafo en las islas

El Gobierno ha aprobado aprueba una nueva modificación de la regulación del uso del tacógrafo en los territorios insulares.

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El Real Decreto aprobado el pasado viernes 19 de Diciembre en Consejo de Ministros, que supone la cuarta modificación normativa sobre el uso del tacógrafo en las islas en los últimos años, permitirá un régimen más flexible en el cumplimiento de los tiempos de descanso, y será de aplicación en todas las islas excepto Mallorca.
Con esta nueva regulación se atiende a la singularidad de los territorios insulares, en los que predominan los cortos recorridos y los trayectos interinsulares y, en algunos casos, fuerte estacionalidad con períodos de baja y de alta demanda de servicios de transporte.
 
La regulación flexible se aplica tanto al descanso diario se podrá tomar fraccionadamente siempre que uno de los bloques de descanso sea de al menos 8 horas ininterrumpidas, al descanso semanal reducido que se podrá tomar durante 3 semanas consecutivas y a las pausas en la conducción de 45 minutos que podrán fraccionarse en tres bloques de al menos 15 minutos.
 
Exención de tacógrafo
Por otra parte, los transportes privados dentro de España correspondientes a actividades agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras que se desarrollen en un radio de 100 kilómetros estarán exentos de la aplicación del tacógrafo, cuando en la actualidad estaban exentos en el caso de recorridos inferiores a 50 kilómetros.

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  • Por otra parte, los transportes privados dentro de España correspondientes a actividades agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras que se desarrollen en un radio de 100 kilómetros estarán exentos de la aplicación del tacógrafo, cuando en la actualidad estaban exentos en el caso de recorridos inferiores a 50 kilómetros.
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