El Constitucional se pronuncia sobre el ferrocarril

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El Comité de Regulación Ferroviaria (CRF) se ha mostrado satisfecho de que la norma estatal de cabecera de nuestro sistema ferroviario haya sido objeto de pronunciamiento por el máximo intérprete de la Constitución en una vertiente trascendental como es el reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. «La existencia y el contenido de dicho pronunciamiento propicia una mayor seguridad jurídica no sólo para los directos destinatarios del fallo sino también para el conjunto de actores de nuestro sistema ferroviario», aseguran.

El Comité considera que el contenido estimatorio del fallo debe ser objeto de un diligente cumplimiento, siendo necesario que el Ministerio de Fomento inicie cuanto antes las actuaciones para superar una situación provisional contraria a la Constitución como es la delimitación de la Red Ferroviaria de Interés General (REFIG) en base exclusivamente a un criterio subjetivo. A este respecto, el Comité coincide plenamente con las consideraciones que en el fundamento jurídico (FJ) 26 de la sentencia se hacen en torno a norma declarada inconstitucional –el apartado 1 de la disposición adicional novena de la LSF- y a la necesidad de contar en el menor plazo posible con una REFIG definida con arreglo a criterios coherentes con nuestro Estado autonómico, labor en la que se estima imprescindible el concurso de las Comunidades Autónomas.

El Comité considera de especial trascendencia el pronunciamiento del TC que, como señala el FJ 4, precisa de forma completa el alcance de las competencias estatales y autonómicas en materia de ferrocarriles.

Más información: Comité de Regulación Ferroviaria

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