Los vehículos industriales de menos de 3,5 t. no llevarán tacógrafo

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La Comisión ha tenido en cuenta un buen número de las enmiendas presentadas por la Unión Europea de Transportistas por Carretera (UETR). Entre ellas destacan:

– Se rechaza la nueva definición sobre tiempo diario de trabajo que había planteado el Parlamento Europeo, que pretendía considerar a las interrupciones y tiempos de descanso como tiempo de trabajo.

– No se ampliará el ámbito de aplicación del tacógrafo a los vehículos de transporte de 2’8 toneladas, sino que se mantendrá el actual límite en 3’5 toneladas de MMA.

– No se obligará a que los actuales vehículos de transporte que lleven incorporado aparato tacógrafo tenga que sustituirlo por el nuevo tacógrafo digital inteligente antes del año 2020.

-No se regulará la obligación de establecer un sensor de medición de pesaje en los vehículos de transporte conectado al tacógrafo digital, sino que dicho mecanismo será en su caso objeto de un desarrollo normativo diferenciado.

-Se valorará la conveniencia o no de unificar en una única tarjeta de identificación los actuales permisos de conducir y de acreditación de la cualificación profesional.

Por otra parte, tras la reunión mantenida entre representantes de la UETR y la Comisión Europea, se ha confirmado el cambio de posición de la Comisión Europea que, en relación a la modificación de la actual Directiva sobre fiscalidad de los carburantes, que pretendía eliminar el tratamiento fiscal diferenciado para el gasóleo utilizado por el transporte por carretera a partir de 2013, lo que fue rechazado por el Parlamento europeo el pasado mes de Abril. La nueva propuesta sobre la que trabaja la Comisión Europea es mantener el “gasóleo profesional para el transporte” al menos hasta el año 2023.

Más información: Fenadismer

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