En un comunicado, la CETM asegura que “siempre ha defendido la libertad de mercado, se ha limitado a cumplir su función al invitar a sus empresas asociadas a que empleen los instrumentos incluidos en los Acuerdos suscritos por la Administración, las organizaciones de cargadores y el Comité Nacional del Transporte por Carretera, como es la cláusula de revisión de precios del transporte en función de la variación del precio del gasóleo, cuyo desarrollo normativo estaba ya en marcha y que más tarde se reguló en el artículo 38 de la Ley del Contrato de Transporte”.
Desde la confederación recuerdan que “siempre se ha ceñido a la legalidad vigente y han cumplido de forma estricta la normativa en vigor”. La CETM confía en que la CNC no le imponga la sanción, al no existir motivos para ello. De hecho, dentro de la propia Comisión Nacional de la Competencia, su Dirección de Investigación propuso al Consejo de la CNC que archivase el expediente al estimar que la CETM no había incurrido en ningún delito.
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