El Gobierno de Finlandia ha establecido que la realización de operaciones de cabotaje dentro de su territorio estará sometido a las siguientes reglas:
– Sólo se permitirán la realización de cabotaje cuando éste sea consecuencia inmediata, esto es, tenga carácter consecutivo, a un transporte internacional.
– Únicamente se permitirán un máximo de tres operaciones de cabotaje.
– Los servicios de cabotaje que cumplan las anteriores condiciones habrán de efectuarse en los siete días siguientes a la descarga del transporte internacional.
Esta regulación, que será detallada a lo largo de los próximos meses, especialmente en lo que respecta a la prueba de la realización del transporte internacional y de los sucesivos transportes de cabotaje, resulta de plena aplicación desde el pasado 14 de agosto.
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