Fenadismer denuncia abusos en la adaptación de los espejos retrovisores

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Desde el 1 de Abril de 2009 mediante Orden del Ministerio de Industria 1620/2008 se establece la obligatoriedad de adaptación de los retrovisores del lado del pasajero (de gran angular y de proximidad) para todos los vehículos de transporte de más de 3″5 toneladas de Masa Máxima Autorizada que hayan sido matriculados con posterioridad al año 2000.

Dicha adaptación obligatoria de los retrovisores de los camiones se está controlando con ocasión de las revisiones que los vehículos se ven obligados a hacer en las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) anual o semestralmente en función de la antigüedad del vehículo.

Sin embargo los transportistas están encontrando importantes dificultades para cumplir dicha obligación por la falta de suministros de algunos fabricantes de camiones para adaptar los retrovisores. Asimismo, Fenadismer denuncia que se están cometiendo abusos económicos por parte de algunos concesionarios de las marcas al expedir los certificados de aquellos vehículos que están exentos de llevar a cabo la adaptación, que son obligatorios presentar en la ITV para pasar la revisión y por cuya emisión se están cobrando importes próximos a los 100 euros por una simple carta.

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