El 6 de marzo de 2009, España notificó a la Comisión una medida temporal anticrisis. El régimen permitirá que se concedan préstamos subvencionados únicamente para inversiones en productos que cumplan o se anticipen a futuras normas comunitarias para productos medioambientales, en particular las normas para vehículos con bajas emisiones (conocidos como «Euro 6»). La medida está abierta al sector del automóvil y de componentes del automóvil.
Los créditos subvencionados podrán concederse hasta el 31 de diciembre de 2009 con una duración máxima de dos años. La reducción del tipo de interés no podrá exceder el 50% para las pequeñas y medianas empresas (PYME) y el 25% para las grandes empresas, por lo que se refiere al tipo de referencia, y deberá tomar en cuenta el perfil de riesgo de la empresa cuando se concede el préstamo. La medida se aplica únicamente a empresas que no tuvieran problemas a 1 de julio de 2008, es decir, antes de la crisis. Por último, los informes de control que deberán presentar las autoridades españolas deben incluir información adicional, en particular, los beneficios medioambientales de la medida.