La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado nulo el precepto que obligaba a los solicitantes a facilitar a la Seguridad Social la identificación fiscal de los trabajadores. “Este requisito había paralizado en la práctica gran parte de las solicitudes presentadas”, señalan desde Fenadismer. conductores profesionales
Según la federación, esta exigencia resultaba injustificada, ya que dichos datos ya obran en poder de la Tesorería General de la Seguridad Social a través de las cotizaciones empresariales. “Esta situación generaba una dilación innecesaria en la aprobación de la jubilación anticipada”, añaden.
«Este requisito había paralizado en la práctica gran parte de las solicitudes presentadas»
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Fin a la campaña de recogida de datos
Hace unos días, los sindicatos habían iniciado una campaña para recabar los datos identificativos de los conductores. Sin embargo, tras el fallo del Tribunal Supremo, esta iniciativa deja de ser necesaria. La sentencia desbloquea el proceso y facilita el acceso a la jubilación anticipada para transportistas y conductores profesionales.
El Ministerio deberá aplicar la resolución
Desde la Federación reclaman ahora una actuación inmediata por parte del Gobierno: “Corresponde al Ministerio de Seguridad. Social aplicar la resolución judicial y continuar, sin más dilaciones, con la tramitación de la jubilación anticipada para el sector del transporte por carretera”.