Mejoras laborales para los trabajadores del sector transporte

Recientemente se ha aprobado la Ley Orgánica 1/2025 que está centrada en la eficiencia del sistema judicial, pero también incluye reformas laborales relevantes que impactan directamente en los derechos de los trabajadores del sector transporte y de todos los sectores productivos.

Los responsables del Sindicato Libre de Transporte (SLT) han analizado estas novedades laborales recogidas en la Ley Orgánica 1/2025 que también afectarán positivamente a los miles de profesionales del transporte de mercancías por carretera.

Principales novedades

Protección ante impagos salariales
Se modifica el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores para incluir una definición clara de lo que se considera un retraso grave en el pago del salario:

-Si el pago se retrasa más de 15 días, se entenderá como impago relevante.

-Se presume causa justificada para que el trabajador pueda rescindir su contrato con derecho a indemnización si, en un año, el empleador adeuda tres mensualidades completas, aunque no sean consecutivas, o si hay retrasos reiterados durante seis meses.

«Esto refuerza la posición del trabajador frente a incumplimientos salariales, dándole herramientas claras para defender su derecho a cobrar en tiempo y forma», explican desde el SLT
—————————-

Conciliación familiar: despido nulo si ejerces tus derechos
La ley refuerza la protección de quienes soliciten permisos familiares o adaptaciones de jornada (por ejemplo, por cuidado de hijos o lactancia). Ahora se considerará nulo cualquier despido (sea objetivo o disciplinario) que se produzca mientras el trabajador:

-Está disfrutando de un permiso según el art. 37.3 b) del ET (como cuidado de hijos, lactancia o ingreso hospitalario de menores).

-Ha solicitado una adaptación de su jornada conforme al art. 34.8 del ET.

«Esta modificación protege a madres y padres trabajadores y promueve un entorno laboral más humano y justo», detallan desde el Sindicato Libre de Transporte.

Indemnizaciones por despido: blindadas frente a Hacienda
Otra novedad crucial es la claridad fiscal en torno a las indemnizaciones por despido pactadas en conciliación previa al juicio (como en el SMAC). La ley aclara que:

-Estas indemnizaciones siguen exentas de IRPF, como si fuesen impuestas judicialmente.

-Se elimina la incertidumbre sobre posibles sanciones tributarias al trabajador.

Más en Transporte 3 3

Transporte 3 Brands

También te puede interesar