Desde la Confederación aseguran que, si finalmente se aprueba el decreto que reconociese la aplicación de coeficientes reductores para los conductores profesionales, sería de aplicación tanto a trabajadores asalariados como a transportistas autónomos, por lo que no resultaría necesario formular una solicitud distinta ante la Administración referida al colectivo de autónomos. “En cualquier caso, como no podía ser de otra manera, a la hora de valorar la disposición a formular la referida solicitud con las centrales sindicales, la CETM ha. tenido en cuenta desde el primer momento tanto a los conductores asalariados como a los autónomos del sector, ya que se ven afectados. por las mismas condiciones en el desempeño de su tarea, que son las que podrían justificar la aplicación de la medida”, aclaran. Jubilación Anticipada
En el mismo comunicado la organización presidida por Ovidio de la Roza también puntualiza que el acuerdo que alcanzaron con los. sindicatos en la sede del SIMA “no quedó pendiente de una hipotética posterior ratificación por ninguna otra organización. empresarial o sindical, ni de las otras organizaciones empresariales que estuvieron presentes en la mediación”.
No obstante, desde la CETM abren las puertas al resto de organizaciones empresariales a para que se unan a la solicitud. formal, que presentarán próximamente junto con los sindicatos ante la Administración, para poner en marcha el expediente. administrativo dirigido a valorar la aplicación de coeficientes reductores a la edad de jubilación de los conductores. profesionales.
Promovido por las asociaciones representativas de trabajadores autónomos
A la hora de aclarar en qué situación quedan los autónomos ante la jubilación anticipada, Fenadismer matiza que la vigente Ley de la Seguridad Social establece en su artículo 206 que el inicio del procedimiento para establecer su jubilación anticipada «debe ser promovido necesariamente por las asociaciones representativas de trabajadores autónomos junto con las organizaciones empresariales y sindicales”. Por ello, explican que en su Asamblea General se acordó realizar un análisis de su situación atendiendo a sus especiales características “para que el establecimiento de dicha medida les resulte lo más favorable posible” y dejan claro que su deseo es que el Gobierno inicie el trámite de ambos procedimientos (asalariados y autónomos) de forma paralela “conforme a la regulación establecida en la Ley y su norma de desarrollo”. .