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[Conoce todas las restricciones en carreteras de España en 2022]
– los domingos y días festivos (en toda la CAPV) desde las 08:00 hasta las 24:00 horas, y
– las vísperas de los días festivos (en toda la CAPV), que no sean sábados, desde las 16:00 hasta las 24:00 horas.
Asimismo, los citados vehículos estarán sujetos a las restricciones a la circulación que afectan a los vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kilos de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima de conjunto (MMC) salvo que resulten ser fechas coincidentes con domingos, festivos y vísperas de festivos que no sean sábados.
A los vehículos especiales de obras, servicios o maquinaria agrícola sin autorización complementaria de circulación, les será aplicable las restricciones que afectan a los vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kilos de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima de conjunto (MMC).
Sin embargo, estas restricciones no se aplicarán a los vehículos que transporten las materias o realicen las funciones que se recogen en las exenciones a los vehículos o conjuntos de vehículos de más de 7.500 kilos de MMA o MMC.