Después de que las autoridades fuesen alertadas porque un vehículo circulaba de manera errática, zigzagueando, cambiando de carril bruscamente e incluso golpeando las barreras de seguridad metálicas que delimitan la calzada, guardias civiles de la patrulla de Motoristas consiguió sacar al vehículo de la autovía y realizó las preceptivas pruebas de detección de ingesta de alcohol al chófer. En la primera arrojó un resultado positivo de 1,38 y en la segunda 1,31 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, superando en más de nueve veces la tasa máxima permitida, que en el caso de conductores profesionales es de 0,15 mg/litro.
Ante estas circunstancias, el conductor del vehículo pesado, que procedía de El Prat de Llobregat (Barcelona) y transportaba paquetería con destino el Parque Logístico del Sureste de Murcia, fue investigado y se le instruyeron diligencias como presunto autor de delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo a motor superando las tasas reglamentarias de bebidas alcohólicas.
El investigado fue puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Molina de Segura, para la celebración del correspondiente juicio por el procedimiento de enjuiciamiento rápido de determinados delitos.
Delito de conducción bajo la influencia del alcohol
El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
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- El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado con hasta 6 meses de prisión.
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