Hay que recordar que el objetivo de esta normativa es evitar que se trabaje de manera estructural por debajo de costes, y eliminar de manera eficaz los desequilibrios actuales en la contratación de los servicios de transporte, evitando con ello situaciones de abuso sobre la parte más débil de la cadena de suministro que son las empresas de transporte, autónomos y pymes en su mayoría.
[Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto]
Desde el CNTC se respira decepción: “el texto finalmente aprobado no es suficiente, ya que no contiene unos mínimos requisitos de seguridad jurídica que permita su aplicación real en el mercado”. Consideran que se han dejado de lado “cuestiones nucleares como la limitación de la subcontratación para cuyo desarrollo dispondremos de un periodo de seis meses”.
En cualquier caso, el Comité espera que las diferencias no sean insalvables y, para ello, “estamos dispuestos a seguir trabajando en los próximos meses, siendo conscientes de la complejidad que supone la puesta en marcha de esta normativa, cuya publicación consideramos como importante, pero cuyo contenido en nuestra opinión deja sin resolver el objetivo para el que se acordó”, afirman.