[Conoce todas las restricciones en carreteras de España en 2022]
– Los domingos y días festivos (en toda la CAPV) desde las 8:00 horas hasta las 24:00 horas, y,
– Las vísperas de los días festivos (en toda la CAPV), que no sean sábados, desde las 16:00 horas hasta las 24:00 horas.
Asimismo, los citados vehículos estarán sujetos a las restricciones a la circulación que afectan a los vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg. de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima de conjunto (MMC), salvo que resulten ser fechas coincidentes con domingos, festivos y vísperas de festivos que no sean sábados.
A los vehículos especiales de obras, servicios o maquinaría agrícola, sin autorización complementaria de circulación, les será aplicable las restricciones que afectan a los vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg. de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima de conjunto (MMC).
Sin embargo, estas restricciones no serán aplicables a los vehículos que transporte las materias o realicen las funciones a las que se hace referencia en la exenciones a los vehículos o conjuntos de vehículos de más de 7.500 Kg. de MMA o MMC.