Asimismo, la nueva Ley aprobada establece que todos los autobuses nuevos que se matriculen a partir de julio de 2022 vayan equipados obligatoriamente con un dispositivo alcoholímetro que impida al conductor arrancar el vehículo si éste supera los índices de alcohol permitidos.
Durante su tramitación en el Parlamento, el proyecto de Ley incluyó también en dicha obligación a los camiones de más de 3’5 toneladas, pero Fenadimser manifestó sus reservas a su introducción porque las estadísticas muestran que solo el 2% de los conductores profesionales de camiones de más de 3’5 toneladas implicados en accidentes da positivo en la prueba de alcoholemia. Un porcentaje que se eleva hasta el 10% en los conductores de turismos y el 12% en el caso de los motociclistas. “Aunque este dispositivo contribuye indudablemente a la mejora a la seguridad vial, la inclusión exclusivamente de los camiones en dicha obligación legal, y no de los coches, podría transmitir una imagen equivocada a la sociedad sobre que el sector del transporte por carretera presenta peores índices relativos a la conducción bajo los efectos del alcohol que lo que ostentan los conductores de vehículos particulares, cuando es precisamente todo lo contrario”, explican desde la Federación.
Obligatorio en 2024
Ello conllevó que finalmente en la tramitación de la Ley en el Senado se eximiera de que los camiones dispusieran obligatoriamente de alcoholímetro a partir del próximo mes de Julio, fecha en solo será exigible para los autobuses nuevos, posponiendo tal exigencia para el año 2024 conforme a lo previsto en la Reglamentación europea sobre homologación de vehículos, fecha en la que se incluirá previsiblemente a los vehículos particulares.