El objetivo de dicha reglamentación europea será garantizar que los transportistas de la UE puedan competir en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades a partir del momento que el Reino Unido se desvincule del derecho de la UE, obligando a dicho país a que siga aplicando normas estrictas y comparables en el ámbito del transporte de mercancías, sobre todo en lo referente a competencia leal, protección de los trabajadores, seguridad vial, protección del medio ambiente, concesión de licencias y formación de los conductores.
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La Comisión Mixta para la Unión Europea del Parlamento Español considera oportuno “que la UE adopte medidas de contingencia temporales y de duración limitada, destinadas a mitigar los efectos de potencias perturbación en la conectividad”, a través del citado Reglamento que prevé la concesión unilateral de derechos de transporte bilateral a los transportistas de mercancías del Reino Unido de forma que puedan continuar transportando, siempre que existan “derechos equivalentes concedidos por el Reino Unido a los transportistas de la UE”.